El gobierno ha publicado en el BOE una circular de la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) que informa del nuevo sistema de peajes de transporte y distribución. La fórmula de excesos de potencia cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de la potencia............
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Articulo recabado por expertos

El gobierno ha publicado en el BOE una circular de la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) que informa del nuevo sistema de peajes de transporte y distribución.

Tabla resumen de las nuevas tarifas con sus principales características:

Nuevos peajes de aplicación a contratos de duración inferior a un año (suministros de temporada):

  • Aplican a AT y BT
  • Dependiendo de la duración del contrato los términos de potencia se incrementan en un porcentaje
  • Se facturan aplicando el factor de recargo de duración inferior a 3 meses y en la última factura se regulariza


Nuevo cálculo de excesos de potencia para tipos de punto de medida 4 y 5:

La fórmula de excesos de potencia cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105%). Facturación por energía capacitiva en periodo valle (durante 1er periodo regulatorio)

  • Horariamente, factor de potencia >0,98 capacitivo en P6
  • De lo contrario, 0,05€/kVArh

Los peajes 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHS:

  • Se trasladan a un único peaje 2.0TD pero ahora con dos periodos de potencia y tres de energía
  • La fórmula de excesos de potencia (para no interrumpibles como ascensores) cambia para solo penalizar (ya no se factura el
  • 85% de la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105)

El peaje 3.0A:

  • Se traslada al peaje a 3.0TD pero ahora con 6 periodos de potencia y energía, aplicando la regla Pn+1>Pn
  • Para los tipos de punto de medida 4, la fórmula de excesos de potencia cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de
  • la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105).
  • Aplica la facturación de energía reactiva pero la excepción es ahora en el P6.

El peaje 3.1A:

  • Si conectado a tensión inferiores a 30kV se traslada al nuevo peaje 6.1TD.
  • Si conectado a tensiones entre 30kV y 36kV se clasifica en el nuevo peaje 6.2TD.

El peaje 6.1A:

  • Se traslada a la tarifa 6.1TD pero sin condición sobre potencia contratada.
  • Aplica la penalización por capacitiva

Adaptación de la potencia a los nuevos peajes, en tanto los consumidores no adapten sus potencias:

  • Para los PS con antiguo peaje 2.0X y 2.1X: La potencia en P2 será igual a la potencia que tengan contratada a la entrada
  • en vigor de la Circular (Implantación de peajes).
  • Para los PS con antiguo peaje 3.0A y 3.1A:
  • o La potencia en P1 será la que tuvieran contratada en el P1
  • o La potencia en P2, P3, P4 y P5 será la que tuvieran contratada a la entrada en vigor en el P2. No obstante, si esta potencia fuera inferior a la potencia del P1, le aplicará la potencia del P1.
  • o La potencia en P6 será la que tuviera contratada en P3 a la entrada en vigor. No obstante, si esta potencia fuera inferior a la potencia del P5, le aplicará la potencia del P5.
  • El consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los definidos en la circular sin
  • coste alguno independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores.


La referencia a “sin coste alguno” aplica al ámbito de la Circular. Es decir, peajes de acceso. Los derechos de acceso no son del ámbito de la Circular.

Reclasificación de los antiguos peajes 3.1A:

  • Conectado a tensión inferiores a 30kV se traslada al nuevo peaje 6.1TD.
  • Conectado a tensiones entre 30kV y 36kV se clasifica en el nuevo peaje 6.2TD

Las empresas distribuidoras comunicarán a las comercializadoras, antes del 1 de noviembre de 2020, el momento en el que se ha adaptado el EDM.

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