
💭 Introducción: cuando un corte de luz no es solo un apagón
¿Alguna vez has perdido ventas por un corte de luz en plena jornada?
¿Has visto cómo se estropeaban productos en tus cámaras o se paraba tu maquinaria justo cuando más lo necesitabas?
Cada minuto sin suministro cuesta dinero, reputación y tranquilidad.
Lo que muchos desconocen es que las distribuidoras eléctricas están obligadas a compensarte económicamente si superan los límites de interrupción establecidos por ley.
Y si tienes un negocio o actividad económica, puedes reclamar además los daños y perjuicios ocasionados.
En este artículo te explicamos, con ejemplos reales y normativa vigente, cuánto te corresponde y cómo reclamarlo paso a paso.
Índice
- ⚖️ Base legal: qué dice la normativa española
- ⚙️ Compensación estándar por calidad del suministro
- 💼 Negocios y actividad económica: reclamaciones adicionales
- 💰 Ejemplo práctico con cifras reales
- 🧭 Cómo presentar una reclamación paso a paso
- 📊 Tabla resumen de compensaciones por zona
- 🧩 Conclusión: cómo proteger tu negocio
1. Base legal
Los cortes de suministro eléctrico se regulan principalmente por
📜 Norma | 📖 Contenido clave |
---|---|
Real Decreto 1955/2000, artículos 104 y siguientes | Regula las actividades de transporte, distribución, comercialización y suministro eléctrico, e introduce los derechos de los usuarios ante interrupciones. |
Circular 2/2019 de la CNMC | Define los estándares de calidad del suministro y los mecanismos de compensación automática cuando las distribuidoras superan los límites permitidos. |
Estas normas garantizan que las empresas distribuidoras mantengan una calidad mínima del servicio eléctrico y, en caso de incumplimiento, deban aplicar compensaciones automáticas.
2. Compensación estándar (por calidad de suministro)
Si la interrupción supera los límites anuales de duración o frecuencia, la distribuidora debe pagar una compensación económica automática, normalmente aplicada en el primer trimestre del año siguiente.
Límites máximos permitidos
🏙️ Zona | ⏱️ Duración máxima anual (en horas) |
---|---|
Urbana | 5 h |
Semiurbana | 10 h |
Rural | 15 h |
Si en tu zona se supera ese límite, la distribuidora debe indemnizarte automáticamente.
La cuantía suele oscilar entre 10 € y 40 € por kW contratado, según la magnitud del incumplimiento.
📈 Gráfico orientativo: compensación estimada por kW
Compensación estimada (€)
│
│ ██████████ 40 €/kW ← Incumplimiento grave
│ ██████ 25 €/kW ← Incumplimiento medio
│ ███ 10 €/kW ← Límite básico superado
│
└─────────────────────────────→ Nivel de incumplimiento
(Valores orientativos según media de reclamaciones registradas)

3. Negocios y actividad económica
Si tienes un negocio con contador propio, además de la compensación automática, puedes reclamar indemnizaciones adicionales si puedes demostrar pérdidas concretas.
Por ejemplo:
- Productos perecederos dañados.
- Pérdidas de facturación o ventas.
- Costes por maquinaria parada o averiada.
- Gastos adicionales en reparaciones o mano de obra.
Para reclamar:
- Documenta el corte (fecha, hora, duración).
- Aporta pruebas económicas (facturas, inventario, registro de ventas, etc.).
- Presenta la reclamación a la distribuidora, con copia a la CNMC o a la consejería de Industria si no responden en 30 días.
4. Ejemplo práctico
Supongamos:
Concepto | Detalle |
---|---|
Potencia contratada | 10 kW |
Duración del corte | 24 horas seguidas |
Zona | Urbana |
Daños demostrables | 1 000 € |
Compensación total estimada:
Tipo de compensación | Cálculo | Importe aproximado |
---|---|---|
Automática por calidad | 10 kW × 20–40 €/kW | 200 € – 400 € |
Indemnización adicional | Daños justificados | + 1 000 € |
Total estimado | 1 200 € – 1 400 € |

5. Cómo presentar la reclamación
- 📅 Anota fecha y hora del corte.
- 🧾 Guarda facturas y pruebas del perjuicio.
- 📨 Presenta reclamación a la distribuidora (no a la comercializadora).
- 🧮 Incluye referencia a la base legal (Real Decreto 1955/2000 y Circular 2/2019).
- ⏱️ Si no hay respuesta en 30 días, remite copia a Industria o CNMC.
6. Tabla resumen de compensaciones por zona
Zona | Límite máximo anual (h) | Compensación estimada (€/kW) | Tipo de cliente más habitual |
---|---|---|---|
Urbana | 5 h | 10 – 40 € | Tiendas, oficinas, talleres urbanos |
Semiurbana | 10 h | 10 – 30 € | Pequeñas industrias, comercios periféricos |
Rural | 15 h | 10 – 25 € | Granjas, cooperativas, negocios rurales |
7. Conclusión
Un corte de luz no es solo un inconveniente: puede suponer pérdidas reales para tu negocio.
Si la distribuidora incumple los niveles de calidad del suministro, debe compensarte automáticamente y, si puedes probar daños, puedes reclamar aún más.
Desde Astral Energy te recomendamos:
- Monitorizar tu consumo y registrar interrupciones.
- Revisar cada año las compensaciones aplicadas.
- Consultar con un experto para reclamar correctamente y evitar pérdidas futuras.
🔍 Si sospechas que tu empresa ha sufrido cortes por encima de lo permitido, solicita una revisión energética gratuita y te ayudaremos a comprobar si tienes derecho a indemnización.
❓ Preguntas frecuentes sobre indemnizaciones por cortes de luz
1. ¿A quién debo reclamar si me quedo sin luz: a la distribuidora o a la comercializadora?
Debes reclamar siempre a la distribuidora eléctrica, ya que es la responsable del suministro y de mantener la calidad del servicio. La comercializadora solo gestiona la venta de la energía y la factura, pero no la red.
2. ¿Tengo derecho a indemnización aunque el corte haya sido corto?
Depende. Si los cortes son frecuentes o la suma total de horas supera los límites anuales (5 h en zonas urbanas, 10 h semiurbanas, 15 h rurales), la distribuidora debe compensarte automáticamente, aunque ningún corte individual sea largo.
3. ¿Qué ocurre si el corte fue por mantenimiento o causas meteorológicas?
Si la interrupción fue programada y comunicada previamente, o causada por fuerza mayor (tormentas, incendios, etc.), la distribuidora no está obligada a indemnizar. Solo se compensa cuando el corte es imprevisto y evitable.
4. ¿Cuándo recibiré la compensación automática?
Las compensaciones automáticas se aplican en el primer trimestre del año siguiente, directamente en tu factura o como abono, una vez la distribuidora ha verificado que se superaron los límites establecidos.
5. ¿Puedo reclamar además por las pérdidas de mi negocio?
Sí. Si demuestras que el corte te generó un perjuicio económico (productos estropeados, maquinaria parada, pérdida de ventas…), puedes reclamar una indemnización adicional. Para ello, documenta los daños y presenta la reclamación con pruebas.
6. ¿Cuánto dinero puedo llegar a recuperar?
Depende del tipo de corte, tu potencia contratada y las pérdidas acreditadas.
Como referencia, las compensaciones automáticas rondan entre 10 € y 40 € por kW contratado, a lo que se puede sumar el importe de los daños demostrados.
7. ¿Y si la distribuidora no me responde o rechaza la reclamación?
Si no recibes respuesta en 30 días, o la respuesta no es satisfactoria, puedes elevar la queja a la Dirección General de Industria de tu comunidad autónoma o a la CNMC. Es importante conservar toda la documentación presentada.
8. ¿Qué puedo hacer para evitar que vuelva a ocurrir?
Realiza una monitorización de tu consumo con sistemas de telemedida, revisa tu potencia contratada y considera instalar un sistema de respaldo o compensación de red. Empresas como Astral Energy ofrecen este tipo de soluciones llave en mano.